Nuestra experta legal, María Jesús Salinas, nos explica qué hacer en caso de que tu propietario te quiera desalojar de tu vivienda.
¿Te has visto obligado a desalojar tu vivienda arrendada y resulta que el propietario no ha destinado la vivienda para la finalidad indicada?
Los propietarios de las viviendas únicamente pueden desalojar a sus arrendatarios a través de la vía notarial (legal notice de Dubai Courts) y otorgando un plazo de 12 meses a partir de la notificación para desalojar la vivienda. Los motivos de desalojo son los que regula la Ley 33 de 2008 en su artículo 25.2:
- El propietario desea demoler el inmueble para reconstruirlo o añadir nuevas construcciones que impidan al inquilino beneficiarse del inmueble arrendado, siempre que se obtengan las licencias necesarias.
- El inmueble requiere una reforma o un mantenimiento integral que no pueda ejecutarse mientras el inquilino esté ocupando el inmueble, siempre que se presente un informe técnico emitido por Dubai Municipality o organismo acreditado por este.
- El propietario del inmueble desea recuperarlo para su uso personal o el de sus familiares de primer grado, siempre que demuestre que no posee un inmueble alternativo adecuado para ello.
- El propietario del inmueble desea vender el inmueble arrendado.
Algunos propietarios, pasados los 12 meses de la notificación, y una vez el inquilino ha desalojado la vivienda, en vez de llevar a cabo el propósito por el cual desalojaron al inquilino, proceden a alquilar de nuevo la propiedad debido a la subida del mercado inmobiliario.
Qué dice la ley
La Ley prohíbe volver a alquilar la vivienda durante un periodo de dos años, de conformidad con el artículo 26 de la Ley 33 de 2008. Si se puede demostrar que el propietario no ha seguido con el propósito por el cual desalojó al inquilino, se puede perfectamente pedir compensación económica.
Habrá que abrir un caso contra el propietario ante el Land Department, concretamente el Rental Dispute Center, y el juez decidirá si se tiene derecho a una compensación y qué cantidad estará obligado a pagar el propietario al inquilino por haberlo desalojado sin cumplir con el motivo que dio en su día a través de la notificación notarial.
La finalidad de pedir dicha compensación es la de evitar que los propietarios desalojen injustamente a los inquilinos y se enriquezcan económicamente, evitando renovar de nuevo el contrato de arrendamiento al que tendrían derecho los inquilinos por el mismo importe de alquiler, o bien, como máximo a un 20% de incremento de conformidad al precio de mercado regulado por el Land Department.
Como arrendatario desalojado estás en tu derecho de solicitar esta compensación, sobre todo porque has incurrido en unos gastos de mudanzas, habrás tenido que arrendar una vivienda que seguramente, si es de las mismas características a la que tenías, habrás pagado un importe muchísimo más elevado.
Ten en cuenta que, en el caso de que el propietario alegue que quiere ir a vivir él o algún familiar de primer grado, deberá demostrar que no tiene otra propiedad de las mismas características.
Si el motivo es que quiere hacer obras, deberá aportar un proyecto de reforma realizado por profesionales con las debidas licencias, etc. Y, por último, si la quiere vender, debe probar que realmente está llevando a cabo la venta de su vivienda, es decir, deberá existir una tasación, un MOU firmado o bien, se deberán de haber llevado a cabo las visitas correspondientes por los potenciales compradores de la vivienda.
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